Seguridad social de los deportistas profesionales

La actividad laboral de los deportistas, sobre todo de los profesionales, tiene importantes peculiaridades. Una de ellas es la referida al régimen de seguridad social al que pertenecen.
Seguridad social de los deportistas profesionales

Última actualización: 26 mayo, 2023

La seguridad social de los deportistas profesionales está integrada en el Régimen General de la Seguridad Social. Así lo establece el Real Decreto 287/2003. Conoce más al respecto en el siguiente artículo.

El deporte es un área compleja que, desde el punto de vista técnico-jurídico, admite diferentes enfoques. La regulación ha sido gradual y funciona según el modo de desempeño de la actividad deportiva. El caso de los deportistas profesionales es parte de la diversidad que encierra este vasto universo.

Los deportistas profesionales: definiciones

¿Cuándo se considera que un deportista es profesional? El perfil del deportista profesional fue diseñado en el Real Decreto 1006/1985. En este, se establece que los deportistas profesionales son quienes se dedican a la práctica del deporte vinculados a una entidad deportiva; estos reciben a cambio una retribución.

Esta definición encierra el concepto de ‘trabajador’. El deportista profesional es un trabajador que se dedica a la actividad deportiva. Su empleador es el club o la organización deportiva con la que se vincula.

Por todo ello, existe una auténtica relación laboral entre el club o la entidad deportiva (empleador) y el deportista profesional (empleado). Es por esta razón que el deportista profesional está integrado en el Régimen General de la Seguridad Social.

No todas las personas que practican un deporte en el ámbito de una organización se consideran deportistas profesionales. Se excluyen de este concepto quienes solo perciben compensación por gastos derivados de su actividad deportiva. 

Las ayudas económicas permiten que muchos jóvenes se dediquen al deporte.

Rasgos que definen al deportista profesional

El concepto de ‘deportista profesional’ encierra, por tanto, algunos rasgos que lo definen. Solo quienes reúnen estas condiciones se integran a la seguridad social de los deportistas profesionales.

Esas características son:

  • Presta sus servicios de manera voluntaria.
  • Se encuentra sujeto a las órdenes del club o entidad deportiva. Esto vale para entrenamientos, estado físico, participación en eventos, entre otros aspectos.
  • Retribución. Presta sus servicios a cambio de una retribución y de otras ayudas económicas.
  • La entidad deportiva que lo contrata se sirve del deportista. A su vez, este recibe su retribución independientemente de los resultados económicos de la organización deportiva.
  • Mantiene una relación laboral regular con la entidad deportiva. No se incluyen las contrataciones eventuales.

Las entidades deportivas y la seguridad social

Si hay un empleado trabajador, debe haber un empleador. Y este también es el caso de los deportistas profesionales. El Real Decreto 287/2003 reconoce que los clubes, las entidades deportivas y los organizadores de actividades deportivas serán considerados empresarios.

De esta forma, los deportistas deberán cumplir todas las obligaciones que establece la normativa. Tienen que estar inscriptos como empresas y comunicar altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores. Es decir, están sujetos a las mismas exigencias que cualquier empresa que tiene trabajadores a su cargo.

Sus responsabilidades con respecto a los deportistas profesionales

Cualquier entidad deportiva que contrate deportistas debe asumir la protección de estos trabajadores del deporte, lo que incluye casos de contingencia. La responsabilidad comienza con la inclusión de los jugadores en el Régimen General.

El contrato laboral es imprescindible y se regirá por lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. En este se establecerá la duración del vínculo, que podrá prorrogarse una vez que el acuerdo llegue a su vencimiento.

También constará en el contrato la retribución, que será pactada en convenio colectivo o individualmente, según el caso. Lo mismo se aplica para la jornada laboral, el descanso y las vacaciones, así como otras retribuciones en especie para el deportista.

El deportista profesional es cubierto por la seguridad social tras el retiro.

¿Qué incluye la normativa en la protección del deportista?

Algunas de las disposiciones de protección y las prestaciones que se ofrecen son:

  • Asistencia sanitaria en casos de enfermedad, maternidad y accidentes y en su recuperación.
  • Prestaciones económicas en situaciones de incapacidad temporal. Se trata de casos de maternidad, períodos de lactancia, cuidado de menores afectados por enfermedades graves o invalidez, jubilación, seguros de desempleo, entre otras.
  • Seguro obligatorio deportivo. Todos los deportistas federados que participen en competiciones oficiales deberán tener un seguro que cubra riesgos de salud derivados de la práctica deportiva.

En definitiva, el mecanismo de seguridad social de los deportistas profesionales tiene una estrecha relación con el deporte específico al que se dedican. Esto no solo incluye a los jugadores, sino que también entran en esta categoría entrenadores, directores deportivos, árbitros y otras especialidades.


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